Con el inicio de las precampañas, da comienzo la llamada “spotización electoral”, en la que se espera que alrededor de 69 millones 788 mil 544 mensajes de 30 segundos se emitan del 20 de noviembre de 2023 al 2 de junio de 2024, en todo el territorio nacional.
Comparado con los comicios intermedios de 2021, el número de spots se incrementaría en casi 26 por ciento, ya que, en dicho proceso electoral se registraron 55.4 millones, transmitidos a través de los medios electrónicos.
Fue un promedio diario de 330 mil mensajes de los partidos políticos y del Instituto Nacional Electoral (INE), difundidos por tres mil 471 emisoras.
En los comicios más complejos en la historia, serán 196 días, aumentan a tres mil 709 emisoras, dos mil 301 de radio y mil 408 de televisión, tendrán en su pauta, cada una, 48 minutos al día con mensajes electorales y proselitistas, lo que significa una transmisión de 356 mil 54 spots diarios, equivalentes a 19 mil 781 por hora.
En el apartado “A” del artículo 41 de la Constitución se precisa que:
“A partir del inicio de las precampañas y hasta el día de la jornada electoral quedarán a disposición del INE cuarenta y ocho minutos diarios, que serán distribuidos en dos y hasta tres minutos por cada hora de transmisión en cada estación de radio y canal de televisión”.
La norma señala que:
“Las transmisiones en cada estación de radio y canal de televisión se distribuirán dentro del horario de programación comprendido entre las seis y las veinticuatro horas”.
El tiempo establecido como derecho de los partidos, y, en su caso, de los candidatos independientes, se distribuirá así: 70 por ciento será distribuido de acuerdo a los resultados de la elección para diputados federales inmediata anterior, y 30 por ciento restante será dividido en partes iguales, de las cuales, hasta una de ellas podrá ser asignada a los candidatos independientes en su conjunto.
En el período entre el fin de las precampañas y el inicio de las campañas, 50 por ciento de los tiempos se destinará a los fines propios de las autoridades electorales, y el resto a la difusión de mensajes genéricos de partidos, conforme a lo que establezca la ley.