Mazatlán, Sin (RI Noticias). – Carlos Alberto Lugo Cervantes, delegado de la Dirección de Trabajo y Proyección Social de la Zona Sur del Gobierno de Sinaloa, informó que la fecha límite para que los empleadores cumplan con el pago del aguinaldo, según lo estipulado por la Ley Federal del Trabajo, es el 20 de diciembre. Esta prestación es un derecho irrenunciable de todos los trabajadores y su incumplimiento puede derivar en sanciones para las empresas.
Hasta el momento, la delegación no ha recibido denuncias formales por falta de pago; sin embargo, Lugo Cervantes aseguró que han atendido múltiples solicitudes de asesoría laboral. “La mayoría de los acercamientos de trabajadores están relacionados con dudas sobre el cálculo correcto del aguinaldo y la posibilidad de que se incremente de 15 a 30 días de salario mínimo.
Aunque esta reforma no ha sido aprobada aún, ha generado inquietud tanto en empleados como en empleadores”, explicó.
Ante esta incertidumbre, algunos empleadores han optado por adelantar el pago del aguinaldo para evitar posibles modificaciones posteriores en la legislación. No obstante, el delegado enfatizó que cualquier cambio en la ley deberá ser aprobado por ambas cámaras del Congreso y publicado en el Diario Oficial de la Federación para adquirir carácter obligatorio.
Históricamente, el sector de la construcción ha sido uno de los más afectados por el incumplimiento en el pago del aguinaldo, especialmente entre trabajadores temporales con contratos de corta duración. Lugo Cervantes, señaló que las sanciones para los empleadores que incumplan con esta obligación varían en función de la capacidad económica de la empresa, pero representan un llamado de atención para garantizar el respeto a los derechos laborales.
En caso de incumplimiento, los trabajadores pueden presentar denuncias en el Centro de Conciliación Laboral, la Procuraduría del Trabajo o el departamento de inspección laboral, que se encarga de realizar visitas a las empresas para verificar las condiciones generales de trabajo.
Respecto al cálculo del aguinaldo, el delegado explicó que este debe ser, como mínimo, el equivalente a 15 días de salario para los trabajadores con un año completo de antigüedad. Por ejemplo, un empleado con un ingreso quincenal de $3,000 deberá recibir esa misma cantidad como aguinaldo.
Lugo Cervantes destacó el papel fundamental que desempeñan los sindicatos en la defensa de los derechos de los trabajadores, señalando que muchas veces actúan como intermediarios dentro de las empresas para garantizar el cumplimiento de esta prestación.
Finalmente, hizo un llamado tanto a los empleadores como a los trabajadores a cumplir y exigir el respeto a las obligaciones laborales. “El aguinaldo no solo es un derecho legal, sino también una oportunidad para que los trabajadores disfruten de la temporada decembrina con mayor tranquilidad económica”, concluyó.