Este martes 2 de octubre la población trabajadora de México regresó a sus empleos luego de haber gozado de un día de descanso obligatorio gracias a la Transmisión del Poder Ejecutivo Federal y debido a que este tipo de descansos nunca son suficientes, miles de personas pertenecientes trabajadoras ya se están cuestionando cuándo será el próximo día feriado oficial, por ello, en esta nota te diremos qué es lo que dice la Ley Federal del Trabajo al respecto.
Lo primero que se debe considerar en torno a este tema es que para saber cuáles son los días de descanso obligatorio se debe consultar el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo pues es ahí donde anualmente quedan estipulados los días en los que la población trabajadora suspenderán actividades durante el año y según se indica en el referido documento para el próximo puente habrá que esperar poco más de mes y medio.
¿Hasta cuándo será el siguiente día feriado oficial para trabajadores en México?
De acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo el próximo día feriado para trabajadores en México será el próximo lunes 18 de noviembre, el cual, se otorga en conmemoración del aniversario de la Revolución Mexicana.
Cabe mencionar que, en adición al lunes 18 de noviembre, el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo solo contempla un día de descanso obligatorio más, el cual, se otorgará el miércoles 25 de diciembre por la celebración de la Navidad.
¿Cuánto dinero tiene que cobrar una persona que labore en un día feriado oficial?
El artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo establece que en caso de que el empleador requiera que su personal trabaje en un día feriado deberá llegarse a un acuerdo entre ambas partes con antelación para determinar las condiciones en las que los y las trabajadoras deberán prestar sus servicios durante el día de descanso obligatorio.
Asimismo, en el referido artículo de la Ley Federal del Trabajo se establece que quienes deban presentarse a laboral en un día feriado tienen derecho a recibir, de manera independiente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, al final de la jornada cobrarán un salario triple.
En caso de que el día de descanso obligatorio sea domingo, la persona empleadora también está obligada a cubrirle a la persona trabajadora el pago de prima dominical, la cual, debe ser por lo menos del 25 por ciento del salario diario.
Por otra parte, también se recuerda que las personas trabajadoras con más de un año de servicios tienen derecho a disfrutar de un periodo anual de vacaciones pagadas, el cual, en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables.