El caso de Mario Aburto Martínez, homicida del candidato presidencial Luis Donaldo Colosio, generó un empate entre los ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
El ministro Juan Luis Alcántara Carrancá propuso ordenar que se reponga el procedimiento en el juicio de amparo que ganó Aburto Martínez para que se escuche a las víctimas indirectas.
Loretta Ortiz fue la única que respaldó esta propuesta, mientras que Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Margarita Ríos Farjat votaron en contra.
Ríos Farjat explicó que el recurso que presentó la Fiscalía General de la República (FGR) en contra de la sentencia de amparo de un tribunal federal -con la que Aburto Martínez puede quedar libre-, es improcedente porque no hay un tema de constitucionalidad.
“No comparto este proyecto que ahora ordena reponer el procedimiento para llamar a juicio a las víctimas del delito. Hasta antes de la reforma constitucional en el año 2000, en 1994, fecha en que ocurrieron los hechos, las normas penales no establecían el reconocimiento de una calidad específica a las víctimas en los procesos, pues eran representadas por el Ministerio Público”, detalló.
Consideró además que la propuesta de González Alcántara Carrancá alargaría de forma innecesaria el juicio y podría derivar en revictimización.
“Por ello, en este caso, no se les dio la intervención dentro de la causa penal ni en el juicio de amparo. Por esa razón, muy respetuosamente, yo no puedo acompañar una propuesta que reabre un proceso donde la participación de las víctimas en la época de los hechos no tenía un alcance como el que ahora se pretende, una repercusión que además puede alargar innecesariamente su juicio, generar revictimización y expectativas ilusorias a las víctimas indirectas donde el Ministerio Público ya ejerció la representación debida”, dijo.
Esto ocasionó un empate en la votación, ya que el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo no votó en este asunto, pues se había declarado impedido porque fue juez del caso Colosio.
Discuten impugnación de FGR sobre juicio bajo el Código Penal de Baja California
Gutiérrez Ortiz Mena, nombrado en este caso como presidente de la Sala, instruyó a la Secretaría de Acuerdos para que se designe a un ministro de la Segunda Sala y se integre a la discusión y votación de este asunto, por lo que quedó pendiente la resolución.
Lo que impugnó la FGR es la sentencia del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Estado de México que determina que Aburto Martínez debió ser juzgado con base en el Código Penal de Baja California y no en el del ámbito federal.
De ser aprobado el proyecto de González Alcántara Carrancá, el expediente sería devuelto al tribunal colegiado para que reponga el proceso, pero si se rechaza, el amparo que obtuvo Aburto Martínez quedaría firme y podría obtener su libertad porque los 30 años de prisión -establecidos como pena máxima en el Código estatal-, ya fueron compurgados en marzo pasado.