Culiacán Sin (Reacción Informativa).- En una sesión ordinaria llevada a cabo el martes 30 de julio, el Congreso del Estado de Sinaloa aprobó por unanimidad reformas y adiciones a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sinaloa. Estas modificaciones están diseñadas para asegurar que los sinaloenses que viven en el extranjero puedan ejercer su derecho al voto.
De acuerdo con la Constitución Política de México, la Constitución del Estado de Sinaloa, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y los reglamentos emitidos por el Consejo General, se implementarán mecanismos específicos para la recepción de votos desde el extranjero. El Consejo General podrá establecer acuerdos con el Instituto Nacional Electoral (INE) para definir las modalidades adecuadas.
Las reformas especifican que los sinaloenses residentes fuera del país deberán cumplir ciertos requisitos para votar, tal como lo establece el artículo 6 de la ley. Entre estos requisitos, se incluye tener una credencial para votar emitida por el Estado de Sinaloa y solicitar su inscripción en el listado nominal de ciudadanos residentes en el extranjero, administrado por el INE.
Los ciudadanos podrán inscribirse en el listado nominal a través de diversos medios: personalmente en las oficinas del INE, en las embajadas y consulados de México en su país de residencia, por medios electrónicos remotos o por correo postal.