Culiacán, Sinaloa.-El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimosegundo Circuito, con residencia en Mazatlán, avala la legalidad del Congreso del Estado en separar del cargo a Jesús Estrada Ferreiro y sobresee amparo promovido por el exalcalde.
La separación del cargo como Presidente Municipal de Culiacán, a petición de la Fiscalía General de Justicia del Estado por la probable comisión de delitos , es legal, así como su vinculación a proceso y la posible condena también, en caso de darse el caso.
Este 23 de mayo de 2024, en sesión ordinaria del Pleno del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimosegundo Circuito fue resuelto por unanimidad de votos de los Magistrados que lo integran, el sobreseimiento del Amparo en Revisión con número de expediente 463/2023.
Este asunto se formó con motivo del recurso de revisión promovido por Jesús Estrada Ferreiro en contra de la sentencia dictada en el juicio de amparo indirecto 771/2022 (y acumulados) del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Sinaloa, mediante la cual se sobreseyó en el juicio.
En este asunto, Jesús Estrada Ferreiro impugnó la inconstitucionalidad de algunos artículos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, así como diversos actos emitidos por el Congreso del Estado de Sinaloa en procedimiento de Declaratoria de Procedencia.
Con esta sentencia, se confirma -de manera definitiva- la constitucionalidad de la Ley reclamada por Jesús Estrada Ferreiro y la legalidad y constitucionalidad de los actos que reclamó al Congreso del Estado.
El procedimiento de Declaratoria de Procedencia fue iniciado y finalizado -en su momento- a solicitud de la Fiscalía General del Estado de Sinaloa a efecto de remover el fuero constitucional del entonces Presidente Municipal y poder ser procesado por la probable comisión de los delitos de Abuso de Autoridad y Discriminación, así como el diverso delito de ejercicio indebido del servicio público y por el desempeño irregular de la función pública.
La separación del cargo es legal, la vinculación a proceso es legal, y la posible condena también sería legal de darse el caso.