Si un familiar o una persona cercana a ti falleció y te dejó como beneficiario de su Afore, te decimos cómo reclamar el dinero de la cuenta y qué necesitas para hacerlo.
¿Quiénes pueden reclamar el dinero?
Existen dos tipos de beneficiarios:
Beneficiarios legales:
- La viuda o el viudo.
- Los hijos menores de 16 años (o mayores si no pueden mantenerse solos o están estudiando).
- A falta de cónyuge, la concubina o el concubinario.
- A falta de los anteriores, corresponde a cada uno de los ascendientes del trabajador si dependen económicamente de él.
Estos beneficiarios los determina el IMSS.
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Beneficiarios sustitutos:
- A falta de beneficiarios legales, los recursos se entregarán al beneficiario sustituto.
- Los designa directamente el trabajador en la Afore.
- No necesariamente tiene que ser un familiar.
Cómo reclamar la Afore de una persona fallecida
¿Qué pasos debe seguir el beneficiario para realizar este trámite?
- Acudir a la Subdelegación del IMSS o de Prestaciones Económicas del Issste, para que emita la resolución de pensión que corresponda.
- En caso de ser Beneficiario Sustituto, acudir a la Junta o Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje para obtener el laudo que le designa como beneficiario o bien, acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para recibir asesoría jurídica gratuita.
- Posteriormente, acudir a la Afore en la que se encontraba registrado el trabajador fallecido y llenar el formato de Disposición de Recursos que le proporcionará la Administradora.
- Una vez procesada la solicitud, la Afore pondrá a disposición del beneficiario los recursos correspondientes al régimen pensionario, en una sola exhibición.
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Requisitos y documentos para realizar este retiro
- Tener derecho a una pensión por parte del IMSS o Issste, o bien, haber sido designado beneficiario por parte de la Junta o Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.
- Alguno de estos documentos que contenga el Número de Seguridad Social del titular de la Cuenta: emitido por el IMSS, Infonavit o Afore.
- Identificación oficial, Acta de Nacimiento y CURP del titular de la Cuenta.
- Certificado de Defunción.
- Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor de 3 meses.
- Estado de Cuenta bancario a nombre del beneficiario con número de Clabe Bancaria Estandarizada (CLABE).
- Un Estado de Cuenta, consulta, resumen o certificación de saldos de la Afore.
- Formato de designación de beneficiarios (solo aplica si el trabajador hizo Aportaciones Voluntarias a su Cuenta Afore).
- (En caso de que no cuente con alguno de estos dos últimos documentos, solicítelos en la Afore).
¿Qué recursos se entregan de la Cuenta AFORE (IMSS)?
- Si la pensión es por la Ley del Seguro Social 73: Retiro y Vivienda 97 (recursos del 1 de julio de 1997 a la fecha), Retiro y Vivienda 92 (recursos del 1 de mayo de 1992 al 1 de julio de 1997).
- Si la pensión es por la Ley del Seguro Social 97: Retiro y Vivienda 92 (recursos del 1 de mayo de 1992 al 1 de julio de 1997).
- Si no se alcanzaron los requisitos para tener una pensión, se entregarán la totalidad de los recursos en una sola exhibición.
¿Qué recursos se entregan de la Cuenta AFORE (ISSSTE)?
- Si la pensión es por el Régimen Décimo Transitorio: Retiro 2008 y Vivienda 2008 (recursos del 1 de enero de 2008 a la fecha), Retiro y Vivienda 92 (recursos del 1 de mayo de 1992 al 31 de diciembre de 2007).
- Si la pensión es por el Régimen de Cuentas Individuales: Retiro y Vivienda 92 (recursos del 1 de mayo de 1992 al 31 de diciembre de 2007).
- Si no se alcanzaron los requisitos para tener una pensión, se entregarán la totalidad de los recursos en una sola exhibición.
Cómo localizar la Afore de un familiar
Existen dos maneras principales para localizar la Afore de un familiar en México:
1. A través del portal e-SAR
El portal e-SAR ( https://e-sar.com.mx/PortalEsar/public/consultaAforeInicio.do ) es una plataforma en línea de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) que permite a los trabajadores consultar diversos datos sobre su cuenta Afore, incluyendo en qué Afore se encuentran sus ahorros. Para realizar la consulta de la Afore de un familiar, se necesitan los siguientes datos:
- Número de Seguridad Social (NSS) del familiar si cotizaba para el IMSS.
- Clave Única de Registro de Población (CURP) del familiar si cotizaba para el ISSSTE.
- Correo electrónico del solicitante.
Los pasos para realizar la consulta son los siguientes:
- Ingresar al portal e-SAR ( https://e-sar.com.mx/PortalEsar/public/consultaAforeInicio.do ).
- Seleccionar la opción “Localiza tu Afore” en el menú principal.
- Ingresar el NSS o CURP del familiar.
- Ingresar un correo electrónico.
- Hacer clic en el botón “Consultar”.
El sistema mostrará la Afore en la que se encuentra la cuenta del familiar.
2. A través de la app AforeMóvil
AforeMóvil es una aplicación móvil que permite a los trabajadores consultar diversos datos sobre su cuenta Afore, incluyendo en qué Afore se encuentran sus ahorros. Para realizar la consulta de la Afore de un familiar, se necesita tener instalada la app AforeMóvil en un teléfono inteligente y contar con los siguientes datos:
- Número de Seguridad Social (NSS) del familiar si cotizaba para el IMSS.
- Clave Única de Registro de Población (CURP) del familiar si cotizaba para el Issste.
Los pasos para realizar la consulta son los siguientes:
- Descargar e instalar la app AforeMóvil en el teléfono inteligente.
- Abrir la app AforeMóvil.
- Seleccionar la opción “Localiza tu Afore”.
- Ingresar el NSS o CURP del familiar.
- Seguir las instrucciones en pantalla.
El sistema mostrará la Afore en la que se encuentra la cuenta del familiar.
Llama al Sartel
- Si el familiar no sabe en qué Afore se encuentra, puede llamar al Sistema de Atención Telefónica Registral (SARTEL) al número 55 5402 6000 para obtener esa información.
- Es importante tener en cuenta que para realizar cualquier trámite ante la Afore del familiar, será necesario contar con su autorización expresa.
Plazo para reclamar el dinero
De acuerdo con el artículo 302 de la Ley del Seguro Social, el derecho del trabajador o pensionado (o sus beneficiarios) a recibir los recursos de su subcuenta de retiro es imprescriptible.
Esto quiere decir que no importa si la persona tiene más de 70 u 80 años, en cualquier momento él o sus beneficiarios pueden hacer válido el derecho y exigir dichos recursos.
No obstante, “sin perjuicio de lo anterior, el Instituto podrá disponer de dichos recursos a los diez años de que sean exigibles sin necesidad de resolución judicial, siempre que constituya una reserva suficiente para atender las solicitudes de devolución de los trabajadores, pensionados o beneficiarios”.
Esto quiere decir que el IMSS puede disponer de dichos recursos. Pero en cualquier momento los trabajadores, pensionados o sus beneficiarios pueden exigir su devolución.