Mazatlán, Sin (Reacción Informativa).- Los partidos políticos o coaliciones que realizaron registros simultáneos de candidatos para las Presidencias Municipales y Regidurías vía plurinominal en Sinaloa deberán de definir en qué posición desean competir.
Esta situación surge como resultado de una determinación del Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa, el cual ha considerado que el doble registro de candidaturas vulnera los principios de igualdad y equidad en la contienda electoral, según lo emitido en un comunicado.
La decisión del Tribunal Electoral se basa en una sentencia emitida por la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que interpretó el artículo 22 de la Ley Electoral Local a la luz de la Constitución Federal y de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE). Esta sentencia concluyó que la participación simultánea en distintos cargos de elección popular está prohibida.
El Instituto Estatal Electoral de Sinaloa ha sido notificado de esta situación y se espera que tome las medidas necesarias para implementar las modificaciones correspondientes de manera expedita.
Además, ha comunicado a los partidos políticos y candidatos afectados que deben definir en qué cargo desean competir antes de que se lleve a cabo el proceso electoral, ya sea la Presidencia Municipal o la Regiduría.