Gabriela Murillo, hija del ex procurador general de la República, Jesús Murillo Karam, pidió piedad para su padre debido a que el exfuncionario federal se encuentra muy débil y aseguró que ni siquiera tiene ganas de levantarse de su cama ante las enfermedades crónicas que lo mantienen en un estado delicado de salud, enfatizó la mujer.
La hija de Murillo Karam exhortó a las autoridades de justicia que brinden la medida cautelar de prisión domiciliaria ante la precaria condición de salud en el que se encuentra el procesado por su participación en articular la llamada “verdad histórica” sobre lo que les sucedió a los 43 estudiantes de Ayotzinapa de la Escuela Normal Rural Raúl Isidro Burgos.
Gabriela Murillo no pide que liberen a su papá
Jesús Murillo Karam tiene 75 años de edad y está recluido en el Reclusorio Norte, y aunque trascendió que al otrora procurador de justicia un juez le concedió la prisión domiciliaria, no se puede hacer efectivo el proceso debido a que cuenta con otra imputación por el mismo caso de los normalistas desaparecidos.
Sin embargo, Gabriela Murillo insistió en que su padre se encuentra muy triste y aseveró que él no desapareció a nadie (en referencia a los normalista de Ayotzinapa), no obstante, aclaró que no busca que lo dejen en libertad, solo que pueda seguir con el proceso penal en su hogar, dijo con voz entrecortada en entrevista radiofónica con Ciro Gómez Leyva.
¿Por qué Murillo Karam no puede tener prisión domiciliaria?
La hija de Jesús Murillo lamentó que su padre haya adquirido la diabetes durante su proceso, además añadió que su corazón es cada vez más débil, por lo que pidió que lo dejen estar al lado de su familia en los momentos más difíciles.
“Un día tiene la presión muy alta, ayer por ejemplo, la tenía demasiado alta, ayer le di desayunar y de repente se me agitó, le subió demasiado la presión. Él no era diabético ya es diabético”: Gabriela Murillo.
Hace casi un año, la defensa de Murillo Karam realizó el trámite para que le concediera la prisión domiciliaria al argumentar que su cliente padece una enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), no puede regresar a su domicilio hasta que al segundo delito también se conceda la misma medida desde casa ya que se le impuso la prisión preventiva justificada.