Un tribunal condenó a Carlos Luis Iglesias, hermano del cantante español Julio Iglesias, a seis meses de cárcel y al pago de cerca de treinta millones de euros por defraudar a la Hacienda pública en España en una operación a través de sociedades en Panamá, según una sentencia conocida este martes.
La Audiencia Provincial de Madrid dictó esa condena a prisión y al pago de esa cantidad en concepto de multa e indemnización por un delito contra la Hacienda pública española.
Además de condenarlo también a cuatro años de imposibilidad de percibir ayudas públicas y de gozar de beneficios fiscales y de la Seguridad Social española.
La sentencia considera probado que como gerente de Rolimpa Trading Corporation no declaró la venta en 2001, por parte de esta sociedad, de tres solares en Madrid por 46,2 millones de euros, que previamente había adquirido en 1989 por algo más de 600.000 euros.
El tribunal entiende que “de los informes periciales queda acreditado que Rolimpa Trading Corporation debía haber declarado a la Agencia Tributaria española por el impuesto de sociedades los beneficios obtenidos con la venta”.
La falta de declaración e ingreso supuso un fraude a la Hacienda pública de 19 millones 624 mil 655 euros”, cantidad que tendrá que devolver más los intereses de demora, añade la sentencia, que declara a esa empresa responsable civil subsidiaria en caso de impago del condenado.
Los compradores de los terrenos abonaron la compra en una cuenta de un banco de Panamá de otra corporación, en la que estaba autorizado Carlos Luis Iglesias.
Rolimpa, sociedad constituida en Panamá en 1984, tenía su inmovilizado en España, por lo que debería haber pagado por el impuesto de sociedades de 2001 por esa cantidad, pues el que no tenga el domicilio fiscal en territorio español no significa exención de tributar, subraya.
“De dicha obligación responde Carlos Luis Iglesias, gerente de Rolimpa, que era quien tomaba las decisiones”, explica la sentencia, que agrega que para ocultar su identidad como obligado tributario utilizó empresas interpuestas, un paraíso fiscal como era Panamá en aquella época e instrumentos fiduciarios.
La sentencia, contra la que cabe recurso, impone esa pena tras aplicar la atenuante de dilaciones indebidas en el procedimiento.
La Fiscalía solicitaba cuatro años de cárcel y el pago de una multa de 98.2 millones de euros, mientras que la acusación ejercida por la Abogacía del Estado pedía diez años de cárcel y una multa equivalente al monto defraudado, al considerar que también cometió un delito de blanqueo de capitales, aunque finalmente el juicio fue solo por defraudación fiscal.