Aprovechándose de la buena fe, falta de conocimiento legal y ante el innegable abuso de la función pública de la actual administración, se condiciona a los particulares a la obtención de las ilegales licencias de funcionamiento expedidas por la Oficialía Mayor, les comparto en imagen un ejemplo de estos documentos anómalos expedidos por el actual gobierno y les explico las inconsistencias, debilidades jurídicas e ilegalidades cometidas por esta autoridad.
Los fundamentos que usan para expedir estos documentos son los siguientes:
En primer término, hacen alusión a las facultades que confieren tanto la Ley de Gobierno Municipal, como el Reglamento de la Administración Pública Municipal al Oficial Mayor, en relación a que está facultado para la expedición de licencias, pero los mismos preceptos lo sujetan a que la expedición de las mismas corresponde al ayuntamiento, es decir, al cabildo en pleno aquí de entrada al Oficial Mayor está usurpando las facultades de los regidores el síndico procurador y el Presidente Municipal porque solo puede expedir las licencias que sean aprobadas en sesión de cabildo suponiendo sin conceder que exista una real competencia del Ayuntamiento en la materia.
Después usa fundamento del Reglamento de Espectáculos y Diversiones Públicas para el Municipio de Mazatlán cuando este es única y exclusivamente para reglamentar espectáculos que se dan tanto en la vía pública, gratuitos u onerosos o que se imparten en locales destinados para brindar espectáculos, como pueden ser teatros, centro de convenciones y algunos locales particulares que reúnan los requisitos de seguridad.
De hecho, el mismo Reglamento de Espectáculos y Diversiones Publicas hace alusión a que la licencia de funcionamiento será expedida por la Dirección de Planeación y Desarrollo Urbano, esto vinculándolo al Reglamento de Construcción tiene que ver con la facultad que tiene el Municipio para verificar que a los inmuebles que solicitaron licencia de construcción para determinado fin la operación del mismo sea la correspondiente, pero es únicamente para los efectos de verificar el uso de suelo en materia de construcción.
Tal y como lo he reiterado en diversas ocasiones, la operación de establecimientos comerciales es un tema no regulado en Sinaloa, este modus operandi del actual Gobierno se ha prestado hasta para un mercado negro de estos documentos que jurídicamente no tienen ningún valor.