La temporada vacacional de verano está a punto de comenzar, desde hace algunas semanas el calor y las lluvias de la temporada han conquistado el cielo de la Ciudad de México y cada vez las niñas y niños se encuentran más cerca de concluir otro ciclo escolar para entrar en un periodo de descanso, es así como muchas personas aprovechan los días libres para realizar viajes a otros estados e, incluso, a otras partes del mundo.
Esto significa que los vuelos en distintas aerolíneas comenzarán a ser más constantes y el flujo en los aeropuertos aumentará, debido esta alta demanda muchas veces existen imprevistos como el tráfico aéreo, lo que ocasiona retrasos y cancelaciones de vuelos y aunque cada aerolínea tiene sus propias políticas, de acuerdo con la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), hay una serie de lineamientos que deben cumplir para asegurar un buen trato a sus clientes.
¿Qué hacer si mi vuelo se retrasa?
De acuerdo con la información proporcionada por la Profeco, la aerolínea tiene la responsabilidad de informar sobre las causas o razones del retraso del vuelo, ya sea a través de medios electrónicos o físicos, tanto en el área de abordaje como en los módulos de atención al pasajero. Si el retraso o demora es atribuible a la aerolínea, esta está obligada a compensar al pasajero de acuerdo con las siguientes normas mínimas:
• Superior a una e inferior a cuatro horas: proporcionar como mínimo descuentos para vuelos posteriores hacia el mismo destino y/o alimentos y bebidas.
• Mayor a dos pero menor a cuatro horas en caso de descuento, el mismo no debe ser menor al 75% del precio del boleto.
Por otra parte, en caso de que el retraso sea mayor a cuatro horas o exista una cancelación, si se demuestra que la aerolínea es la responsable, el pasajero puede elegir entre las siguientes opciones:
• El reintegro del precio del boleto o la parte no realizada del viaje, más una indemnización no inferior al 25% del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje.
• Un transporte sustituto en el primer vuelo disponible, alimentos y, en su caso, alojamiento y transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto.
• Transporte en fecha posterior al mismo destino y una indemnización no inferior al 25% del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje.
Ahora bien, en caso de que se emitan más boletos de los disponibles en el avión, el pasajero tiene la posibilidad de elegir los beneficios correspondientes en caso de cancelación. Así mismo, la aerolínea puede solicitar voluntarios que renuncien al embarque a cambio de beneficios que no deben ser inferiores a los que se aplican en caso de cancelación, a menos que el transporte se realice de manera gratuita, con tarifas reducidas no públicas o si se presenta después de la hora límite para el registro de embarque.
Si alguno de los pasajeros cede su lugar en el vuelo para otra persona, es importante recordar que se les otorga prioridad de embarque a personas con discapacidad, adultos mayores, menores no acompañados y mujeres embarazadas. Por su parte, las y los pasajeros también tienen una serie de obligaciones que deben cumplir:
• Brindar al permisionario o concesionario información y datos personales veraces, al momento de la compra del boleto.
• Presentar documentos oficiales de identificación, a solicitud del permisionario o concesionario o del personal autorizado del aeropuerto.
• Acatar las normas de seguridad y operación aeroportuarias vigentes.
• Ocupar el asiento asignado, a menos que la tripulación por un requerimiento justificado le solicite o le autorice ocupar uno distinto.
• Las demás que establezcan la Ley y demás ordenamientos.